este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Decide:
Primera: Se declara la confesión ficta de la demandada ciudadana MARIA ALEJANDRA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 21.413.007 por no haber dado contestación a la demanda incoada por los Abogados CARMEN ADRIANA MEDRANO SALAZAR y WILLIAM JOSÉ GONZÁLEZ SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 15.676.940 y 6.889.597, respectivamente, Inpreabogados N° 112.724 y 112.480, en su carácter de Apoderados Judiciales del Ciudadano JOSÉ MARIA BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.871.032, y no haber probado nada que le favoreciera.