, este Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos BORIS ALEJANDRO MORILLO QUINTANA y MARIBEL CUMARE DE MORILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.322.064 y V-9.487.308, respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio civil celebrado ante el Juzgado Quinto de la Parroquia Caracas.
Publíquese y regístrese.