DISPOSITIVA:
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: El tribunal Homologa el presente DESISTIMIENTO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.