JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 28 de Abril de 2.009.-
Vista la oposición formulada por el abogado MIGUEL ALFONZO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ELEAZAR JIMENO MALAVE, mediante el cual se opone a la admisión e impugna las pruebas promovidas por la contraparte. Este Juzgado Observa: El diligenciante no precisa a cuales de las pruebas se opone, considerando que el escrito de promoción de pruebas contiene documentales, prueba de informe y testimoniales, el opositor debió indicar a cual específicamente se refería y razonar los motivos de su petición. Al no hacerlo incurrió en una insalvable insuficiencia que obliga a este Tribunal a declara. Sin Lugar la oposición.-
Con respecto a las Impugnaciones que hizo el apoderado actor de documentos promovidos por la demandada, el promovente sobre la validez y eficacia de dicho instrumento, es materia .....