DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, intentada por ERNESTO RAFAEL VELÁSQUEZ GÓMEZ, RAMÓN ANTONIO VELÁSQUEZ y HUGO ADALBERTO VÉLÁSQUEZ GÓMEZ, venezolano, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.909.373, 1.936.409 y 4.712.721, respectivamente, contra la ciudadana MAIGUALIDA BELLORÍN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.307.038.
SEGUNDO: Se condena a la demandada ciudadana MAIGUALIDA BELLORÍN, a pagar a la parte Actora ciudadanos ERNESTO RAFAEL VELÁSQUEZ GÓMEZ, RAMÓN ANTONIO VELÁSQUEZ y HUGO ADALBERTO V.....