DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente demanda, intentada por El Conjunto Vacacional Camino Real Country, C.A, contra el Ciudadano Luis Piccinini, ambos plenamente identificados en el encabezamiento de la presente sentencia. En consecuencia Resuelto el Contrato y sin efecto jurídico, el mismo que quedó inscrito en el Registro Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 37, Folios 200 al 203, Tomo 8, del 29 de Noviembre de 1993.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por resultar totalmente vencida en es.....