Este Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de Contrato de Compra-Venta interpuesta por las abogadas MIRIAM JOSEFINA CHACON Y JUANA ISABEL CHACON, en su carácter de APODERADAS JUDICIALES de los ciudadanos EUDIS CEDEÑO DE NAAR y JOSE RAFAEL NAAR SALAZAR, venezolanos, casados, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Valencia estado Carabobo y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 585.350 y 1.326.705 respectivamente. En consecuencia y conforme al petitorio SEGUNDO del escrito libelar, se ordena a la demandada, sociedad mercantil CORPOVISA MARGARITA C.A., a dar cumplimiento al documento definitivo de venta y entregar la cabaña, tipo suite con capacidad para seis (6) personas, distinguida con el No. C-6, e.....