Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expresados, este Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda incoada por el abogado ROBERTO LIPAVSKY, venezolano, abogado en ejercicio, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.739.227 e inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 2.924, en su carácter de APODERADO JUDICIAL de la ciudadana MILKA OLIVEROS BICHARA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de identidad No. 649.356, en contra del ciudadano FREDDY MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 3.489.037. En consecuencia, se declara el DESALOJO del inmueble arrendado, constituido por el loc.....