En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por el Dr. JOSÉ VICENTE SANTANA OSUNA, actuando en su carácter de Apoderado de la Parte Demandante y el ciudadano: LUIS GILBERTO PERDOMO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-3.154.888, debidamente Asistido por la Dra. YELITZER MENDOZA, Parte Demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se ordena mantener abierta la presente causa hasta tanto la Parte Demandada de fiel cumplimiento a lo acordado en la referida transacción y en su oportunidad archivese el expediente.- Cúmplase.-