En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada por el Dr. KAMIL SALMEN HALABI, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Condominio del Edificio “TORRE PLAZA” Parte Actora y la Dra. CARMEN VERDE ALDANA, en su carácter de Apoderada Judicial de la Parte Demandante.- SEGUNDO: Se Suspende la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVA Decretada en fecha 09 de Diciembre del 2.003 y practicada en fecha 17 de Diciembre del 2.003, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de está Circunscripción Judicial, ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno del Municipio Mariño de este Estado; igualmente ofíciese a la Depositaria Judicial del Caribe, C.A., a los fines que haga entrega de los inmuebles a la Apoderada Judicial de la Parte Demandada.- TERCERO: Se ordena la devolución de los originales de los Déposit.....