En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por resolución de contrato interpuesta por el ciudadano: YASSER ABDELRAZZEG MAHMOD, jordano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.E-80.206.982., contra el ciudadano: SAMER ALKABANI ADEL NAIMEH, sirio, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.82.156.769, por haber dejado de pagar los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre de 2002 y Enero y Febrero de 2003, en consecuencia se ordena al ciudadano: SAMER ALKABANI ADEL NAIMEH, la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un apartamento distinguido con el No.33-B, ubicado en el Tercer Piso de la Torre B, del Edificio Residencias Guinamorena, ubicado en la Calle Igualdad, sector Táchira de la ciudad de Porlamar, Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta.- SEGUNDO: Se condena e.....