ADMINISTRANDO JUSTICIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.: CON LUGAR, la presente demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento por Falta de Pago, y haber hecho la arrendataria, construcciones y edificaciones de divisiones internas en el inmueble, paredes de piedras sin la autorización de la parte arrendadora; intentada por la Ciudadana TERESA LUGO DE BRITO, venezolana, mayor de edad, comerciante, casada, identificada con la cédula de identidad personal N° V.- 276.062, domiciliada en la población El Cercado, Municipio Gómez, Estado Nueva Esparta, mediante Apoderados Abogados en Ejercicio, Dres. RAIMUNDO VERDE ROJAS, CARMEN VERDE ALDANA, y MARIANA DIAZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Porlamar, Municipio Autónomo Mariño, Estado Nueva Esparta, identificados con cédulas de identidad personal números: V- 907.209, V.-6.973.143, V.-13.587.468, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado b.....