En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda. En consecuencia se condena a la parte demandada, ciudadano JOSE RAFAEL MEJIAS JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 3.221.091, a pagar a la parte actora JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO TORRE I DE "RESIDENCIAS LAS MARGARITAS" las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 542.942,oo), por concepto del saldo del capital adeudado correspondientes a las cuotas de condominio causadas durante los meses de diciembre del año 2000, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre de año 2001 y enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2002. SEGUNDO: Los intereses moratorios causados sobre el capital antes referido, los cuales deberán ser calculados a la rata del doce por.....