En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos GABRIEL ORLANDO LEAL ROJAS y FRANJER GUISEPPINA MARIA LAMEDA RIVAS, ya identificados
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante el Consejo Municipal Municipio Los Salías del estado Miranda, el día 23 de Junio de 2005, según consta del acta asentada bajo el N° 123, folio 123 y su vuelto, de los libros respectivos.