DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOIVARES, interpuesta por el ciudadano RAUL SANTANA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.112.233, domiciliado en la Ciudad de Porlamar Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, en la persona del endosatario en procuración Abogado en Ejercicio JOSE VICENTE SANTANA OSUNA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.107.705, e inscrito en el Inpreabogado Bajo el Nº 1.497; en contra de la sociedad mercantil LE GRAN 4810, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el dieciséis (16) de marzo de 1.999, bajo el No. 40, del tomo 5-A, domiciliada en el centro comercial AB, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: C.....