DECISION
Con fundamento en las observaciones anteriores, y de manera concluyente, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, conforme a lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se deja sin efecto la medida de secuestro decretada por este Tribunal En fecha 08-12-1998 sobre el inmueble ubicado en la edificio San Valentín, piso 72, apartamento 72, torre 2 avenida 4 de mayo Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.