ASI SE DECIDE.
En mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado Segundo de los Municipios, Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao, del Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos GENESIS SUSANA MARCANO VASQUEZ y VICTOR JOSE FIGUEROA FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 19.615.139 Y 20.065.075, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante el Registro Civil del Municipio Arismendi, del estado Nueva Esparta, en fecha 19 de Diciembre de 2007.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios, Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Ma.....