DECISION
Con fundamento en las observaciones anteriores, y de manera concluyente, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, conforme a lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se levanta la medida preventiva de secuestro decretada en fecha 28 de mayo de 2009, sobre el inmueble: distinguido con el numero 8, ubicado en el piso N° 03, del Edificio DOBLE D, situado en la Calle Lárez y San Rafael, Sector Genovés, Porlamar Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, que tiene un área aproximada de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (162 M2), compuesto de las siguientes dependencias: cuatro (04) habitaciones con sus respectivos closet, tres (03) baños, sala comedor.....