DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano EDDY PABLO COVA RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-4.431.691; contra la ciudadana IRIS JOSEFINA RIVERA HERRERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.305.369, domiciliada en el Edificio Residencias Vacacionales S-8; signado con el N° 5-C, piso 6, Piso 5, ubicado en el Boulevard Guevara de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Autónomo Mariño del estado Nueva Esparta. Y ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandante a cancelar las costas del presente juicio por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, ello a tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada a los.....