DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES, (intimación) interpuesta por el ciudadano DORIS DEL CARMEN NOWODWORSKY ALMONACID, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 28.482.522; contra la ciudadana NONIE EVDA COSTA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.140.288.
SEGUNDO: Se mantiene la medida de embargo preventivo decretada en fecha 25 de enero de 2012, por este Tribunal sobre bienes propiedad de la demandada por la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 64.164,05), folio 03 al 05 del cuaderno de medidas.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a cancelar las costas del presente juicio por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, ello a tenor de lo establecido en el artículo.....