DECISION
Con fundamento en las observaciones anteriores, y de manera concluyente, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION de la instancia en la presente causa, conforme a lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de Porlamar, a los
veintiún (21) días del mes de mayo de dos mil cuatro. Siendo las diez en punto de la mañana (10:00 a.m).
EL JUEZ,
Abg. Miguel Mendoza López,
LA SECRETARIA,
Jacqueline Tirado Abreú.