En consecuencia vistas las anteriores consideraciones este Tribunal en aras de mantener incólume el Derecho Fundamental al Debido Proceso que le asiste a las parte REPONE la causa al estado de nueva admisión, donde deberá citarse al Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria como ente liquidador del Banco Latino C.A. y ordenarse la notificación de la presente demanda al ciudadano Procurador General de la República; en consecuencia se dejan sin efecto todas las actuaciones posteriores al auto de admisión, incluyendo dicho auto, a excepción del presente auto. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ,
Abg. Miguel Mendoza Lopez,
LA SECRETARIA,
Abg. Adelnnys Valera Carrillo.