observando que están llenos los extremos de Ley, DECRETA, conforme a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal en su último aparte, Medida de Embargo Ejecutivo sobre el bien inmueble señalado por la parte actora distinguido, apartamento distinguido con el número y letra doce-B (12-B), ubicada en el Piso doce, del edificio BAHIA DEL MORRO II, cuyos linderos y medidas, son los siguientes: NORTE: con la fachada norte del edificio; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con la fachada este del edificio; OESTE: con el pasillo de circulación y con el apartamento 12-A-1, situado en la Avenida Raúl Leoni, sector Bella Vista de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta; El cual pertenece a la demandada, ciudadano FRANCISCO ANTONIO MARTIN ORDAZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.956.001, el cual se encuentra .....