este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos LEONEL JOSE ANTON HERNANDEZ Y GADY GREGORIA ROMERO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.203.570 y 12.506.906, respectivamente, domiciliados, el primero en la calle principal la isleta, casa identificada son la letra S, municipio García de este estado, y la segunda en la calle los almendrones sector los cocos, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE; en virtud del matrimonio civil celebrado ante la prefectura del Municipio García, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en .....