DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada NIRZA MARIA MARIN DE PINTO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. 4.011.887.en la presente causa, contenida en el ordinal 2° y 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada a los cuatro (04) de noviembre de 2009, en la sala del despacho del juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 am).
Publíquese, Regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.
EL JUEZ,
Abg. MIGUEL MENDOZA LÓPEZ,