DECISION
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la incidencia de tacha interpuesta por la parte demandada en la presente causa sociedad mercantil BAZAR ORIENTAL II, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 08-12-2000, anotada bajo el Nº. 51, Tomo 44-A.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por cobro de bolívares interpuesta por la sociedad mercantil SERENOS NACIONALES, C.A. (SENACA), debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Carabobo, en fecha 05 de agosto de 1980, anotada bajo el número 88, Tomo 4-B; contra la sociedad mercantil BAZAR ORIENTAL II, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 08-12-2000, anotada bajo el Nº. 51, Tomo 44-A.
TERCERO: C.....