DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES, interpuesta por el ciudadano VICTOR CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 6.977.525; contra el ciudadano ADEL SALAZAR VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 8.392.780.
SEGUNDO: Se condena al ciudadano ADEL SALAZAR VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 8.392.780, a pagar la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 4.000,oo) por concepto del cheque vencido signado el mismo bajo el Nro. 58220076, de fecha 21 de octubre de 2011, cargado a la cuenta corriente Nro. 01750435580070969909, del Banco Bicentenario.
TERCERO: Se condena al ciudadano ADEL SALAZAR VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 8.392......