Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 265, 266 del Código de Procedimiento Civil y se ordena el archivo definitivo del Expediente.
SEGUNDO: Se deja sin efecto la medida cautelar innominada, sobre el siguiente bien mueble: vehículo Marca: FORT, Tipo: Sedán, Modelo: LASER EF; Año: 1998, Color: Blanco, Serial de Carrocería: SJNBWP17684, Serial de Motor: 4CIL, Placa: OAD06H, Clase: Automóvil Uso: Particular.
En relación a la solicitud de devolución del documento original, que riela desde el folio Doce (12) al folio treinta y siete (37) del presente expediente N° 10-1392. el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ordena que previa su certificación en los autos se l.....