PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos que preceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda de Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva), interpuesta por el Condominio del edificio "TORRE PLAZA", por medio de su apoderado judicial KAMIL SALMEN HALABI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.856.952, inscrito en el Inpreabogado N° 77.346, contra la ciudadana MERCEDES ROSARIO POLACHINI ALAYON, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.212.744.
SEGUNDO: Como consecuencia de la decisión se ordena a la ciudadana MERCEDES ROSARIO POLACHINI ALAYON, ya identificada, a pagar la cantidad de OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.812.217,88) por concepto de cuotas debidas vencidas desde el mes de Marzo del año 2003 al mes de Octubre del año 2004, ambas inclusive, al c.....