Este Tribunal, visto que en fechas 6 de Mayo de 2011, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.668, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
Dicho decretó establece en su artículo 1° lo siguiente:
"El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto la protección de las arrendatarias y arrendatarios, comodatarios y ocupantes o usufructuarios de bienes inmuebles destinados a vivienda principal, así como las y los adquirentes de viviendas nuevas o en el mercado secundario, contra medidas administrativas o judiciales mediante las cuales se pretenda interrumpir o cesar la posesión legitima que ejercieren, o cuya practica material comporte la perdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda."
Visto que el artículo 4° de dicha Decreto, en su párrafo segundo establece:
"Los procesos judiciales o administrativos en curso para la entrada en .....