En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por EXTINCION DE HIPOTECA (Prescripción Adquisitiva), interpuesta por el ciudadano GERMAN JOSE HILLER FEBRES, contra la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA CRIS, C.A.", ya identificada.-
SEGUNDO: Se declara extinguida la Hipoteca de Segundo Grado, existente sobre el Apartamento identificado con la letra y número A-85, ubicado en el octavo piso (8°), de la Torre "A", del EDIFICIO "RESIDENCIAS MIRAMAR", situado al final de la Calle Narváez, Sector Genovés, de la Ciudad de Porlamar, en jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a favor de la Constructora Cris, C.A., según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 28 de Marzo de 1985, bajo el Nº 19, folios 58 vuelto al 63, protocolo primer.....