En consecuencia, se revoca y deja sin efecto la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 07-10-2009, en consecuencia, se ordena oficiar al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a objeto de que previa revisión del libro de distribución, el Juzgado a quien por sorteo le correspondió el conocimiento de la comisión, se sirva devolverla a este Tribunal en el estado en que se encuentra. Asimismo, se ordena oficiar al Juzgado Segundo de Los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de que se sirva enviar a la mayor brevedad posible las siete (7) Letras de cambio, las cuales se encuentra en la caja fuerte de ese Tribunal. .....