Por todas las consideraciones precedentes es por lo que este Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda intentada por la ciudadana BEATRIZ MARTINEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.767.702, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.560, domiciliada en el Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, contra el ciudadano JESUS RAFAEL REYES LUNAR, venezolano, mayor de edad,, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8394.751, de este domicilio, por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON PACTO DE RETRACTO, y por consiguiente resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes.-
SEGUNDO: Se obliga al demandado a entregar a la demandante el vehiculo objeto de la presente deman.....