IV.-DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la OFERTA REAL Y DE DEPÓSITO interpuesta por la ciudadana LISSETH VIRGINIA VASQUEZ MEAÑO, contra la ciudadana MARIBEL PEROZO HERNANDEZ, ya identificados.