PRIMERO: CON LUGAR la recusación propuesta por la ciudadana MAURA LUCY MARIN DE ABRAHAM en contra del Dr. MIGUEL MENDOZA LÓPEZ, en su condición de Juez Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en el juicio que por NULIDAD DE TRANSACCIÓN sigue el ciudadano ALFONZO RAMÓN CORDIDO JIMENEZ en contra de MAURA LUCY DE ABRAHAM y ELIZABETH VIVAS CORDIDO (Exp. N° 09.1285 nomenclatura de ese Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que el mencionado Juez no debe seguir conociendo de dicho asunto por haber causa que se lo impida.
TERCERO: Expídase copia certificada de esta sentencia y remítase con oficio al Juez recusado, así mismo remítase el presente expediente en original al Juzgado que actualmente este conociendo la causa principal a los efectos de que sea agregado y surta los efectos correspondientes.