IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano JUAN CARLOS ARVELO MONTERO en contra de la ciudadana IBELISE DE LA CONCEPCION ROJAS RODRIGUEZ, ya identificados, con fundamento en la causal 2° segunda del artículo 185 del Código Civil, relacionada con el abandono voluntario que hacen imposible la vida en común.