IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVENTA incoada por el ciudadano MAIKER ANTONIO MIJARES RODRIGUEZ, contra los ciudadanos LUIS ERNESTO MONDRAGON e YSBEL JOSEFINA BONALDE RODRIGUEZ, ya identificados. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a cumplir el contrato de opción de compraventa autenticado ante la Notaria Pública Segunda de Porlamar del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 26.08.2013, bajo el N° 40, Tomo N° 178, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, transfiriendo la propiedad registral al ciudadano MAIKER ANTONIO MIJARES RODRIGUEZ del inmueble constituido por un (01.....