V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa establecida en el ordinal sexto (6º) del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal quinto (5°) del artículo 340 eiusdem alegada por la parte demandada, sociedad mercantil "DISTRIBUIDORA EL OSO, C.A." en la persona de su Administrador Gerente, ciudadano REINALDO RAFAEL MALAVE MARCANO, debidamente asistido de abogada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal onceavo (11º) del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada, sociedad mercantil "DISTRIBUIDORA EL OSO, C.A." en la persona de su Administrador Gerente, ciudadano REINALD.....