IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para decidir el juicio de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoada por los ciudadanos EUDYS JOSEFINA RODRÍGUEZ DE LÓPEZ, EMILIANO RAMÓN RODRÍGUEZ y COSME ADOLFO RODRIGUEZ en contra de los ciudadanos LUCAS EVANGELISTA SARABIA MOYA y ELEUTERIO LENIN SARABIA. En consecuencia, DECLINA SU COMPETENCIA, al Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los fines que siga conociendo de la presente demanda.