IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana MAYUR THAIMI DE JESUS MOLINA contra el ciudadano WILLIAM ALFONZO ANDRADE CASTEROT, todos identificados, de conformidad con el numeral 2° del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 16 de mayo de 2012, por ante el Registro Civil actuando por delegación de la abogada ciudadana Emperatriz Gamazo, Registradora Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, tal como se desprende del acta inserta bajo el N° 86, correspondiente al año 2012.