IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano JULIO ALFREDO VILLASMIL KUPFERSCHMID en contra de la ciudadana DANIELLA SALAZAR ALCALÁ, con fundamento en la causal Segunda del artículo 185 del Código Civil, relacionado con el abandono voluntario.
SEGUNDO: DISUELTO como consecuencia de la anterior declaratoria el vínculo matrimonial contraído por ellos el 21.3.2004 por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Maneiro del Estado Nueva Esparta, correspondiente al año 2004.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.....