...En este sentido, observa quien aquí se pronuncia, que no fue debidamente cumplida tal exigencia legal, para el correspondiente trámite del proceso instaurado, en cuanto que la parte actora busca el resarcimiento de unos daños ocasionados, presuntamente, a la Sociedad Mercantil INVERSIONES LA ROCA, S.A., siendo ésta una persona jurídica, según la norma sustantiva civil vigente, y siendo que en fecha 16-06-2011 (fs. 46 y 47), dictó auto en el cual admitió la presente demanda sin advertir el vicio señalado, en la que incurrió el demandante respecto a la satisfacción de los presupuestos procesales. Es por todo lo anteriormente expuesto, y en vista del vicio advertido en el libelo de la demanda y a tenor de lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece: "El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas,.....