Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para dictar en primera instancia el fallo correspondiente a la causa judicial instaurada por la ciudadana MIREYA DEL VALLE RODRIGUEZ, en contra de WOLFANG FERMÍN, EUDIS MARCANO, CITADEL VENEZOLANA, S.A., PDV, PETROLEO Y GAS, S.S, TRANSPORTE MIL RUEDAS, S.A., y VENGAS DE ORIENTE, S.A.
SEGUNDO: Se ordena la remisión, en su forma original y mediante oficio, del expediente distinguido con el Número 21.782, a la Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su oportunidad. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes y a la Procuraduría General de la República, por haberse dictado el presente fallo, fuera del lapso legal,.....