Formulada en el presente caso la oposición al decreto intimación en tiempo oportuno, que da sin efectos el decreto de intimación de fecha 06-07-2002, y se entienden citadas las partes para la contestación de la demanda, la cual tendrá lugar dentro de los cinco (5) días siguientes al presente auto sin necesidad de la presencia del demandante, continuando el proceso por los trámites del procedimiento ordinario. Como lo establece el Artículo 652 del Código de Procedimiento Civil.- Así se establece.-