Por todos los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Rectificación del Acta de Defunción de la ciudadana CECILIA DL JESUS SUBERO NARVAEZ DE ACOSTA, ya debidamente identificada.
SEGUNDO: Se ordena corregir el error material de la precitada Acta de Defunción, sustituyendo el nombre "JESUCITA", por el de "CECILIA", que es el correcto, indicado en el acta de defunción de la ciudadana CECILIA DEL JESUS SUBERO NARVAEZ DE ACOSTA, la cual se encuentra asentada en los Libros de Registro Civil de la Prefectura del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 04 del año 1970.
TERCERO: Se ordena insertar íntegramente este fallo en el Libro de Registro Civil correspondiente, con su debida nota marginal.
CUARTO: No hay condenatoria en costas.
QUINTO:.....