... este Juzgado considera que se encuentran llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 585 y 588, numeral 3° del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por un local comercial con mezzanina de setenta y seis metros cuadrados con sesenta centímetros (76,60 Mts.2), ubicado en el Centro Comercial CCCP, C.A., el cual se encuentra situado en la Esquina de las calles Igualdad y Mariño de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta....