...En tales casos el cargo oficial y las funciones del defensor judicial CESAN INMEDIATAMENTE. Ahora bien, una vez analizado el caso bajo estudio, debe inferirse que al presentarse la parte demandada en el presente juicio, debidamente con la correspondiente asistencia jurídica, con la finalidad de asumir su defensa, consagrada en nuestra Constitución, de manera inmediata CESARON, tanto el cargo como las funciones del defensor judicial designado por este Tribunal, por cuanto considera quien aquí se pronuncia que se encuentran debidamente garantizados los derechos a la defensa y al debido proceso consagrados en nuestra Constitución. Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal deja sin efecto la designación del defensor judicial hecha en el presente proceso. ASÍ SE ESTABLECE.-