..este Juzgado considera que se encuentran llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 585 y 588, numeral 3° del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por un terreno con una superficie de trescientos un metros cuadrados con sesenta y nueve centímetros cuadrados (301,69 Mts.2), y la casa sobré él construida, ubicado en Las Casitas de la Otrabanda, La Asunción, Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, y con las siguientes dependencias: Tres (3) dormitorios, Estar, Comedor, Cocina, dos (2) baños y porche. Dicho inmueble está comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte, en veintiséis metros con diez centímetros (26,10 mts), terreno municipal adjudicado a Jesús Marcano; Sur, en veintiséis metros con cinco centímetros (26,05 mts), vía pública; Este, su frente en once metros con sesenta y cinco centímetros (11,65 mts) calle principal; y Oeste, en once metros c.....