...este tribunal Primero de Primera instancia en lo Civil Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la apoderada Judicial de la parte demandada relativa a que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia, contenida en el numeral 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la acumulación de los autos distinguidos bajo el expediente nro. 12.063-16, que cursa por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, con los distinguidos bajo este expediente signado con el nro. 25.267, llevado por ante este Tribunal una vez quede firme la presente decisión.