Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa de defecto de forma de la demanda promovida por la demandada "EL REGALÓN, C.A." en el presente juicio reivindicatorio, prevista en el numeral 6° del articulo 340 del Código de Procedimiento Civil, intentado contra la misma por los ciudadanos MARCO TULIO QUIJADA ORDAZ, EDRAS MANUEL QUIJADA ORDAZ, PETRA CARMEN QUIJADA ORDAZ, EVANGELISTA DE JESÚS QUIJADA ORDAZ, MIGUELINA JOSÉ QUIJADA ORDAZ, EULALIO GUADALUPE QUIJADA ORDAZ, ANA TEODORA QUIJADA ORDAZ de FIGUEROA, JOSÉ JESÚS QUIJADA ORDAZ, VICTORIA MARIA QUIJADA de QUIJADA, VENANCIO JOSÉ QUIJADA QUIJADA, ROSA ANGELINA QUIJADA QUIJADA, JOSÉ GREGORIO QUIJADA QUIJADA, ALICIA TERESA QUIJADA de HERRERA .....